Tots som l’enemic!
[ARGELAGA 01/04/2015]
En 1985, el jurista conservador Günther Jakobs se
congratuló ante el mundo de la aparición y desarrollo de una legislación
restrictiva en clara contradicción con el Derecho Penal tradicional, dentro del
cual constituía una parcela extraña a la que denominó Derecho Penal del
Enemigo.
En 1985, el jurista conservador Günther Jakobs se
congratuló ante el mundo de la aparición y desarrollo de una legislación
restrictiva en clara contradicción con el Derecho Penal tradicional, dentro del
cual constituía una parcela extraña a la que denominó Derecho Penal del
Enemigo. Dichas leyes sancionaban conductas a las que la “autoridad competente”
atribuía el papel de llevar a la comisión de actos delictivos aunque dichos
actos no se hubieran cometido. El supuesto infractor sufría castigo no por hechos
realizados, sino por hechos posibles. La ley ya no le contempla como un
ciudadano del Estado con plenos derechos, sino como un peligro, un enemigo del
Estado con derechos recortados, o mejor, sin derechos. Pues bien, dada la
inestabilidad de unos sistemas políticos donde la progresión de la injusticia
social evidencia su fracaso histórico, la legislación contra el “enemigo” ha
pasado de ser la excepción a la norma, quebrando la relación lógica entre la
falta y la sanción, o el delito y la pena. En el actual ordenamiento jurídico
las detenciones y registros arbitrarios sin órdenes expresas, la violencia
gratuita de los agentes del orden, las deficientes garantías procesales y el
castigo desproporcionado por delitos inexistentes, empiezan a ser normales. Lo
hemos visto recientemente, por ejemplo, en el juicio del 4F, en los procesos a
piqueteros, en la Operación Pandora y en la revisión de la sentencia a quienes
“bloquearon” el acceso al Parlament de Catalunya, cosas que confirman una
situación que ya no corresponde a un estado de Derecho, sino a un estado de
Excepción, o sea, a un estado de No Derecho. Políticos, policías, jueces,
fiscales y magistrados gustosamente contribuyen a ello.
La idea de “enemigo” constituye la base de un estado
de Derecho Suprimido, es decir, de una Democracia de la No Libertad (de una
Dictadura). Por enemigo se considera no al corrupto, al prevaricador o al
delincuente privado, sino al adversario del ordenamiento jurídico y político
vigente, a quien combate a éste, sea con ideas o con hechos. El enemigo es el
enemigo público, el del sistema político, aquél que no acepta su legitimidad y
considera su existencia como la garantía de una desigualdad y una opresión
perpetuas. Y el sistema, para protegerse, se separa de su enemigo, lo pone
fuera de la ley y lo trasforma en criminal, puesto que la disidencia es un
crimen, el mayor. El sistema se considera en guerra contra ese “enemigo” y por
lo tanto le aplica leyes de guerra. Cuando el Jefe Superior de Policía de
Valencia, Antonio Moreno, nombrado por Rubalcaba, justificó en una rueda de
prensa (20 de febrero de 2012) la contundencia de las cargas policiales en las
manifestaciones contra los recortes en la Enseñanza refiriéndose a los
estudiantes como “el enemigo”, proclamaba con la naturalidad del verdugo un
secreto de Estado a voces. El funcionario fue ascendido dos años más tarde.
Todavía hay quien se rasga las vestiduras hablando de rasgos “típicos del
franquismo”, cuando en realidad son típicos de la democracia de castas
parlamentarias. No, el Derecho Penal del Enemigo no es un legado de la
Dictadura de Franco; es una invención del sistema democrático bipartidista.
Un sistema autoritario, se llame democrático o no, se
define respecto a su enemigo, ese ser vil e infame que pretende su abolición, y
en la actualidad la etiqueta de “terrorista” cuadra a la perfección. Pero
calificar a todo enemigo de terrorista requiere una gran flexibilización del
concepto. Así pues, en el campo gaseoso del terrorismo cabe de todo, desde la
quema de contenedores y el lanzamiento de bengalas a los actos propios de la
lucha armada, desde la difusión de ideas y la okupación a los atentados
suicidas. En ese todo queda atrapado cualquiera que discrepe de la forma
estatal como la ideal de una sociedad libre organizada y dude del desarrollo
económico capitalista como esencia de la democracia, puesto que a poco que
practicase sus ideas, en el lenguaje del orden equivaldría a “subvertir el
orden constitucional, o suprimir, o desestabilizar gravemente el funcionamiento
de las instituciones políticas”. El delito de opinión, es decir, el tener una
opinión contraria a la dominante, al parecer lleva lejos. Igual que los delitos
de usurpación y resistencia a la fuerza pública, es decir, la creación de
centros sociales en edificios abandonados y la protesta ante la brutalidad
policial. Las imaginarias tramas de “terrorismo anarquista” descubiertas por la
policía y perseguidas por los jueces son una clara muestra de lo que estamos
diciendo.
La Operación Piñata del 30 y 31 de marzo último,
segunda parte de la Operación Pandora, han tenido por objeto la detención de
personas acusadas de pertenecer a una “organización criminal con fines
terroristas”. Entiéndase bien eso de “fines”, puesto que ni hay prueba alguna
de que los detenidos estuvieran organizados, ni tampoco de que se les puedan
atribuir acciones que hasta utilizando los criterios más amplios sean
calificables de terroristas. La organización en sí, con la que muchos no han
tenido nada que ver, los Grupos Anarquistas Coordinados, no ha sido más que un
foro de relaciones entre individuos y colectivos de ideología afín a efectos de
propaganda perfectamente trasparente, con su dirección de correo electrónico
incluida. Sin embargo, en el Derecho Penal del Enemigo, la organización del
contrario es delictiva por naturaleza, y por lo tanto, criminal y terrorista
per se; un “punto de encuentro de grupos violentos” dispuestos a cometer
improbables “sabotajes y colocación de artefactos explosivos” con el objeto de
“sembrar el terror en la población”. Aquí se juzga solamente por la intención,
que se da por sentada. El enemigo no tiene derecho a la intimidad, ni tampoco a
la libertad de expresión o de reunión, por lo que tanto el uso del servidor
Riseup, como la publicación de un libro y la coordinación de personas, son
consideradas pruebas suficientes de delitos potenciales y aun de otros ya
cometidos por desconocidos, como los petardos de feria colocados en cajeros
automáticos o los artefactos sin carga explosiva de la Almudena y del Pilar,
que servirán para calificar de “terroristas” a las víctimas de la operación.
El
Director general de la Policía Nacional Ignacio Cusidó no tiene empacho en
afirmar públicamente que “el terrorismo anarquista se ha implantado en España”
y por eso la lucha contra él es “una prioridad para la policía”. Si los hechos
desmienten tales despropósitos, tanto peor para los hechos. Los agentes del
orden arreglarán pruebas y los jueces desecharán testimonios favorables. El
Derecho Penal del Enemigo nos sumerge en un universo kafkiano que en cierto
modo tiene su lógica y esa es la del miedo. La aberración yihadista y la crisis
prolongada amenazan con despertar una histeria securitaria en las masas
ciudadanas que no augura nada bueno. Malos tiempos para la libertad, un valor a
la baja, y buenos para los halcones de la política. El miedo es la coartada del
Poder, y un sector de éste es partidario de jugar esa carta a fondo. Las
algaradas callejeras han ridiculizado montones de veces la eficacia de unas fuerzas
del orden mentalmente muy identificadas con su función represora, pero
incapaces de neutralizar una lucha urbana ruidosa que cuenta con efectivos no
excesivamente numerosos. El ridículo es a veces mucho más subversivo que la
propaganda radical o la pedrada, si bien no es el acto de sabotaje del sistema
más contundente, sí es el que más lo deslegitima. La Operación Piñata no se ha
desencadenado pues contra un etéreo terrorismo anarquista, sino que forma parte
de un plan de guerra que apunta al entorno segregado del sistema, a la base de
la disidencia social y de la resistencia callejera. A los ateneos, centros
okupas, asambleas vecinales, colectivos obreros autónomos, grupos
anticarcelarios, agrupaciones en defensa del territorio… Es una operación de limpieza
que intenta evitar que unos minúsculos puntos de apoyo, al calor de la crisis
económica y política, se conviertan en palanca de una crisis social
difícilmente manejable. Como dijo Cusidó, se trata de una “labor preventiva”,
dos palabras que conviene interpretar en sentido militar, puesto que este
servidor del Estado es consciente de estar en guerra contra el bando radical de
la justicia social, la igualdad y la libertad.
¡Abajo el Estado! ¡Libertad inmediata para los
detenidos!
Revista Argelaga, 1 d’abril de 2015.
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